Remolque de vehículos de motor
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Remolque de vehículos de motor

modificado el 8 de abril de 2020

20.1.
El remolque en un enganche rígido o flexible solo debe realizarse si el conductor conduce un vehículo remolcado, a menos que el diseño del enganche rígido garantice que el vehículo remolcado siga al vehículo remolcado en línea recta.

20.2.
Cuando se remolca con enganche flexible o rígido, está prohibido transportar personas en un autobús remolcado, trolebús y en la caja de un camión remolcado, y cuando se remolca con carga parcial, se prohíbe que las personas estén en la cabina o en la caja de un camión remolcado. un vehículo remolcado, así como en la carrocería de un vehículo remolcador.

20.2 (1).
Al remolcar, los vehículos de remolque deben ser conducidos por conductores que tienen derecho a conducir vehículos durante 2 años o más.

20.3.
Cuando se remolca con un enganche flexible, la distancia entre el vehículo remolcador y el remolcado debe ser de 4 a 6 m, y cuando se remolca con un enganche rígido, no más de 4 m.

Se debe designar un enlace flexible de acuerdo con la cláusula 9 de las Disposiciones generales.

20.4.
Se prohíbe remolcar:

  • vehículos que no tienen dirección ** (se permite el remolque por método de carga parcial);

  • dos o más vehículos;

  • vehículos con sistema de freno inactivo **si su masa real es más de la mitad de la masa real del vehículo tractor. Con un peso real más bajo, el remolque de dichos vehículos se permite solo en un acoplamiento rígido o por el método de carga parcial;

  • motocicletas de dos ruedas sin remolque lateral, así como tales motocicletas;

  • en aguanieve en un acoplamiento flexible.

** Los sistemas no válidos son aquellos que no permiten al conductor detener el vehículo o maniobrar mientras conduce, incluso a una velocidad mínima.

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