Cruzando la carretera. ¿Qué necesitan saber y recordar los peatones?
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Cruzando la carretera. ¿Qué necesitan saber y recordar los peatones?

Cruzando la carretera. ¿Qué necesitan saber y recordar los peatones? La policía insta regularmente a los conductores a reducir significativamente la velocidad y tener mucho cuidado al cruzar un paso de peatones. ¡Los peatones no deben olvidar sus derechos y obligaciones!

Artículo 13 1. Los peatones están obligados a tener especial cuidado al cruzar una calzada o camino. y, sujeto a los puntos 2 y 3, utilizar el paso de peatones. El peatón en este cruce tiene prioridad sobre el vehículo.

2. Está permitido cruzar la calzada por detrás de un paso de peatones a una distancia superior a 100 m del paso, pero si el paso está situado a una distancia inferior a 100 m del paso señalizado, también se permite cruzar por este paso .

3. Cruzar la calle más allá del paso de peatones especificado en el par. 2 solo se permite con la condición de que no represente una amenaza para la seguridad del tráfico y no interfiera con el movimiento de los vehículos. El peatón debe ceder el paso a los vehículos y cruzar al borde opuesto de la calzada por la vía más corta perpendicular al eje de la calzada.

4. Si en la calzada existe un paso superior o inferior para peatones, el peatón está obligado a utilizarlo, teniendo en cuenta el párr. 2 y 3.

5. En zonas urbanizadas, en vías de dos sentidos o cuando los tranvías discurran por vía separada de la vía, el peatón que cruce la vía o vía deberá utilizar únicamente un paso de peatones.

6. El cruce de la pista, separada de la calzada, sólo está permitido en un lugar especialmente designado.

7. Si la isla para pasajeros en una parada de transporte público está conectada a un paso de peatones, solo se permite caminar hasta la parada y regresar después de este cruce.

8. Si se marca un paso de peatones en una calzada de dos sentidos, entonces el cruce en cada calzada se considerará un cruce separado. Esta disposición se aplica, mutatis mutandis, a un paso de peatones en un lugar donde el movimiento de vehículos está separado por una isleta u otros dispositivos en la vía.

Artículo 14. Prohibido

1. entrada a la carretera:

a) directamente frente a un vehículo en movimiento, incluso en un paso de peatones,

b) fuera de un vehículo u otro obstáculo que perjudique la visibilidad de la carretera;

2. cruzar la carretera en un lugar con visibilidad limitada de la carretera;

3. reducir la velocidad o detenerse innecesariamente al cruzar una carretera o camino;

4. corriendo por la calle;

5. caminar por el camino;

6. salida a la pista cuando las presas o semipresas estén abandonadas o hayan comenzado a salir;

7. un cruce de vías en un lugar donde un dispositivo de seguridad u obstáculo separe la vía para peatones o la acera de la vía, independientemente del lado de la vía en que se encuentren.

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