Leyes y Beneficios para Veteranos y Conductores Militares en Alaska
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Leyes y Beneficios para Veteranos y Conductores Militares en Alaska

El Estado de Alaska ofrece una serie de beneficios y privilegios a aquellos estadounidenses que hayan prestado servicio en una rama de las fuerzas armadas en el pasado o que actualmente estén prestando servicio militar.

Registro de placas de veteranos discapacitados

Los veteranos que tienen al menos un 50 % de discapacidad son elegibles para un número de veterano discapacitado sin impuestos ni tarifas de registro. Tenga en cuenta que esta placa no da acceso al estacionamiento para discapacitados. Para calificar para el estacionamiento, debe proporcionar una solicitud completada por usted y un médico con licencia de Alaska, además de la documentación del gobierno de EE. UU. de una discapacidad relacionada con el servicio.

Insignia de licencia de conducir de veterano

Los veteranos de Alaska son elegibles para un rango militar en su licencia de conducir. Para calificar, debe presentar una solicitud junto con uno de los siguientes documentos:

  • DD 214 o DD 215

  • Informe de jubilación y trayectoria (NGB22 o NGB22A)

  • Una carta firmada del Departamento de Asuntos de Veteranos que indique que usted es un veterano jubilado o dado de baja con honores.

  • Una identificación militar válida que lo certifique como jubilado o veterano con honores

insignias militares

Alaska ofrece una variedad de placas militares para veteranos o miembros del servicio activo, que incluyen:

  • Placas específicas de la industria

  • Corazón Purpura

  • Placa de prisionero de guerra

  • Placa de veterano de Laos

  • Placa familiar Gold Star (disponible para los familiares más cercanos de un miembro del servicio que murió en el cumplimiento del deber)

Además, también puedes agregar una unidad específica a la placa de honor militar.

Para ser elegible para una matrícula militar de Alaska, debe proporcionar prueba de elegibilidad, como:

  • ID militar
  • Documentos de alta (DD 214)
  • Verificación proporcionada por el Departamento de Asuntos de Veteranos de EE. UU.

Exención del examen de habilidades militares

En 2011, la Administración Federal de Seguridad de Autotransportes introdujo una regla de permiso de capacitación comercial. Esta regla contiene lenguaje para permitir que las SDLA (agencias estatales de licencias de conducir) permitan a los conductores militares de los EE. UU. usar su experiencia de conducción de camiones relacionada con el servicio para optar por no tomar una prueba de habilidad para obtener una CDL (licencia de conducir comercial). Para calificar para esta exención, debe haber conducido un vehículo comercial durante su último año de servicio. También debe tener al menos dos años de experiencia en conducción comercial.

Los solicitantes deben certificar para la SDLA:

  • Registro de conducción segura

  • No haber tenido más de una licencia (que no sea una licencia de conducir militar de EE. UU.) en los dos años anteriores.

  • La licencia de conducir de su estado de origen no ha sido suspendida, revocada o revocada.

  • No ser condenado por una infracción de tránsito que los descalificaría de una CDL.

Hay una serie de delitos que pueden hacer que se niegue la participación de miembros de las fuerzas armadas en el Programa de Exención de Habilidades, incluidos conducir ebrio, accidentes de tránsito o el uso de un vehículo comercial en un delito penal. El personal militar con experiencia calificada puede descargar e imprimir la exención aquí. Debe aprobar la prueba CDL escrita, incluso si es elegible para una exención de prueba práctica.

Ley de Licencia de Conducir Comercial Militar de 2012

Esta ley permite que aquellos que tienen una CDL en su estado de origen la obtengan en otro estado (por ejemplo, donde usted se encuentra). Los miembros elegibles son las reservas, la Guardia Nacional, la Guardia Costera o el Auxiliar de la Guardia Costera.

Licencias de motocicleta

En el estado de Alaska, las licencias de conducir de motocicletas se clasifican como una licencia, no como un endoso. Cualquier persona, incluidos los miembros de las fuerzas armadas, que desee obtener una licencia de motocicleta debe estar presente en el estado para ser inspeccionado por el DMV.

Renovación de la licencia de conducir durante el despliegue

El personal militar estacionado o estacionado fuera de Alaska es elegible para una extensión de hasta 90 días después de dejar el servicio activo o su regreso al estado. Para ser elegible para la renovación, su licencia de conducir debe ser válida por no más de un año. Debe presentar el Formulario 481 junto con su nombre legal, fecha de nacimiento, número de licencia de conducir, número de seguro social y una tarifa de $5 (pagadera con tarjeta de crédito, cheque o giro postal). Puede aplicar a través de:

  • Fax: (907) 465, 5509

  • Correo electrónico correo electrónico: [correo electrónico protegido]

  • Correo: División de Vehículos Motorizados, Licencias de Conducir de Juneau, PO Box 110221, Juneau, AK 99811.

Licencia de conducir y registro de vehículos de personal militar no residente

Alaska no requiere que el personal militar estacionado en Alaska registre sus vehículos en el estado, siempre que el propietario tenga un registro y un seguro válidos en su estado de origen. El estado también reconoce las licencias de conducir de otros estados para el personal militar no residente estacionado dentro del estado y sus cónyuges (sin embargo, los dependientes deben obtener una licencia AK).

Los miembros activos o veteranos del servicio pueden leer más en el sitio web de la División Automotriz del Estado aquí.

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