Hacia una nueva normativa europea para bicicletas eléctricas rápidas
Transporte eléctrico individual

Hacia una nueva normativa europea para bicicletas eléctricas rápidas

Hacia una nueva normativa europea para bicicletas eléctricas rápidas

Queriendo repensar la legislación que rige las bicicletas eléctricas de dos ruedas, la Comisión Europea planea proponer a las bicicletas eléctricas rápidas un nuevo marco que podría acelerar su adopción. 

La Comisión Europea anunció una revisión de la legislación sobre vehículos eléctricos ligeros (ciclomotores, motocicletas, cuatriciclos, bogies) cubiertos por la Directiva 168/2013. Te recordamos que de acuerdo con este reglamento de 2013, las bicicletas eléctricas rápidas (bicicletas de velocidad) están clasificadas como ciclomotores y por lo tanto cumplen con ciertos requisitos: uso de casco, licencia AM obligatoria, prohibición de andar en bicicleta, registro y seguro obligatorio. ...

Para los jugadores del sector de las bicicletas eléctricas, esta revisión será especialmente interesante porque las bicicletas de velocidad podrían cambiar su clasificación y por lo tanto las reglas que obligan a su venta. LEVA-EU, que abogó por la revisión, cree que podría abrir la puerta a un mercado más grande para minoristas y fabricantes que venden en toda Europa.

Campañas LEVA-EU para bicicletas eléctricas rápidas en Europa

La Comisión Europea ha contratado al Laboratorio de Investigación de Transporte Británico para estudiar qué vehículos son los más adecuados para la inspección reglamentaria. Todos los vehículos eléctricos ligeros deben someterse a pruebas exhaustivas: patinetes eléctricos, vehículos con equilibrio automático, bicicletas eléctricas y barcos de carga.

LEVA-EU está haciendo campaña por una revisión de la legislación relativa a las bicicletas eléctricas de alto rendimiento de las clases L1e-a y L1e-b: ” Las bicicletas rápidas [L1e-b, nota del editor] han experimentado grandes dificultades para desarrollarse en el mercado porque están clasificadas como ciclomotores clásicos. Sin embargo, las condiciones de uso de los ciclomotores no son adecuadas para bicicletas eléctricas rápidas. Por tanto, su adopción masiva no es una opción. En las motos motorizadas L1e-a, la situación es aún peor. En esta categoría de bicicletas eléctricas de más de 250W, limitada a 25 km / h, prácticamente no hay homologaciones desde 2013.

Las bicicletas eléctricas se consideran convencionales.

Las bicicletas eléctricas de hasta 250 vatios y un límite de velocidad de 25 km / h están excluidas del reglamento 168/2013. También recibieron la condición de bicicletas regulares en la normativa vial de todos los países participantes. Por eso, para nuestro deleite, esta categoría ha crecido enormemente a lo largo de los años.

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